Gestión de Imparcialidad
El Servicio de Acreditación Ecuatoriano –SAE, conforme al artículo 20 de la Ley 2007-076, es una entidad técnica de derecho público, adscrito al Ministerio de Industrias actual MPCEIP, con personería jurídica, patrimonio y fondos propios, con autonomía administrativa, económica, financiera y operativa que se rige conforme a los lineamientos y prácticas internacionales reconocidas y por lo dispuesto en la presente Ley y su reglamento.
El SAE es responsable de la imparcialidad de las actividades de acreditación y no permite que presiones comerciales, económicas u otro tipo de presiones comprometan su imparcialidad. Se encuentra estructurado y organizado de manera que sus operaciones no puedan ser afectadas por intereses ajenos, actuando independientemente de cualquier otra entidad pública o privada.
La acreditación se lleva a cabo de manera imparcial, para lo cual, se dispone de varios mecanismos, todo el personal involucrado en los procesos de acreditación, tanto funcionarios, como evaluadores y expertos externos, miembros de comités y comisiones, firman la Declaración de Inexistencia de Conflictos de Interés y se comprometen a aplicar el Código de Ética y Confidencialidad, como la finalidad salvaguardar la objetividad, confidencialidad y profesionalismo en los servicios prestados por el SAE.
La Comisión de Partes vigila que la integridad de los servicios que presta el SAE se mantenga en todo momento, involucrando a las partes interesadas. Además, se cuenta con el Consejo Técnico Consultivo para el cumplimiento con lo dispuesto en la Ley y temas relacionado a la imparcialidad.
Política de imparcialidad y antisoborno
La alta Dirección del SAE está comprometida con la imparcialidad, para lo cual ha documentado y mantiene disponible para las partes interesadas la Política de Imparcialidad y antisoborno.
Órganos colegiados que salvaguardar la Imparcialidad
El SAE ha documentado e implementado un proceso para dar oportunidad de que las partes interesadas se involucren de manera eficaz en el mantenimiento de la imparcialidad y garantiza una representación equilibrada de las partes interesadas, sin que ninguna de ellas predomine.
Para vigilar la imparcialidad e independencia de sus políticas, procedimientos y actividades a un nivel estratégico, la Dirección Ejecutiva del SAE ha dispuesto la conformación de la Comisión de Partes, que está integrada por miembros de diferentes grupos que incluyen la representación del Estado, de los Organismos de evaluación de la conformidad, del Sector Productivo (Federaciones Nacionales de las Cámaras y Consumidores) y academia, ciencia y tecnología. Sus atribuciones y responsabilidades están definidas en el PI03 Procedimiento Interno Funcionamiento de Comisión de Partes del SAE.
El equilibrio en la participación se define por el acuerdo mediante consenso en primera instancia y de ser necesario se lleva a cabo la votación por cada parte interesada.
El Reglamento de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad estableció la creación del Consejo Técnico Consultivo del SAE que constituye un mecanismo de participación ciudadana que tiene la finalidad de salvaguardar la imparcialidad y el mantenimiento de los principios y políticas principales del SAE. Los consejos consultivos son de consulta obligatoria y sus pronunciamientos tienen carácter referencial no vinculante. Sus atribuciones y responsabilidades están definidas en el PI01 Procedimiento Interno Funcionamiento del Consejo Técnico Consultivo del SAE.
Matriz de riesgos de conflictos potenciales de interés con organismos relacionados al SAE
El SAE identifica analiza, evalúa, trata, hace el seguimiento y documenta de manera periódica los riesgos a la imparcialidad que surgen de sus actividades, incluyendo cualquier conflicto que surja de sus relaciones o de las relaciones de su personal, en el formato F MGA1 03 Matriz de riesgos de conflictos potenciales de interés con organismos relacionados al SAE.
La Dirección Ejecutiva del SAE presenta semestralmente a las partes interesadas, representados en estos órganos colegiados, la matriz de potenciales riesgos y conflictos de interés y demás información vinculada al mantenimiento de la imparcialidad como: gestión de la acreditación, conflictos de intereses, aseguramiento de la objetividad de las actividades de acreditación, quejas, apelaciones, competencia técnica, percepción pública que incluye la medición de la satisfacción de los OEC y retroalimentación de las partes interesadas, entre otros temas, para que tome conocimiento y emita recomendaciones que considere apropiada sobre cuestiones que pueden afectar a la imparcialidad y la percepción pública.